Contratar un seguro de salud privado no sólo es beneficioso por la cobertura médica que presta sino que también supone un importante ahorro fiscal para el autónomo como gasto deducible en el IRPF.

La ley establece que los trabajadores autónomos que suscriban su seguro de salud privado como alternativa al Régimen Estatal de Trabajadores o RETA podrán deducir las primas que paguen por él hasta un máximo de 4.500 euros.

Esta deducción también es aplicable a la cuota del cónyuge del contribuyente e hijos menores de 25 años estableciéndose un límite de 500 euros por cada miembro de la familia, incluido el autónomo, y hasta 1.500 euros para aquellos profesionales con discapacidad.

¿Cómo actúa dicha deducción a efectos de IRPF? El desgravamen se realiza sobre la base imponible de este impuesto, es decir, que se descontará de los ingresos totales del autónomo por lo que el ahorro fiscal puede llegar a alcanzar hasta el 30%.

Para justificar el gasto del seguro médico privado conviene guardar la póliza y conservar los comprobantes de los pagos realizados, sin necesidad de factura alguna, según la propia normativa.